lunes, 3 de mayo de 2010

LOS SOCIALISTAS SIEMPRE JUNTO A LA DISCAPACIDAD.



INTERVENCIÓN DE JOSÉ VICENTE MUÑOZ EN LA “JORNADA INTERNACIONAL DE DISCAPACIDAD Y DERECHOS HUMANOS”
FUNDACIÓN AEQUITAS.
29 ABRIL 2010


Se va a hacer notar de muchas formas el impacto de la convención en la vida diaria de muchas personas con discapacidad. Les pongo algunos ejemplos. En primer lugar, agrupa todos los derechos preexistentes en el ámbito internacional en un único texto que tiene carácter vinculante. Desde que España ratificó la con­vención, la propia convención es derecho positivo español, con lo cual todo lo que aparece en la convención es exigible jurídicamente por las personas con discapa­cidad en nuestro país, porque a partir de ese momento eso forma parte del cuerpo legislativo del Estado español.

Los derechos que se reconocen en la convención aparecen relacionados entre sí, de manera que no se entiende el derecho al voto para todas las personas si no va acompañado de la plena accesibilidad a los colegios electorales.

Nada de las personas con discapacidad, como dice la convención, sin las personas con discapacidad. España tiene la suerte de tener uno de los movimientos asociativos de la discapacidad más potentes de Europa y del mundo. Eso nos ayuda en el día a día, porque tanto el CERMI como el resto de las asociaciones que lo integran son extraordinariamente exigentes, pero también nos hace que estemos en perma­nentemente alerta y trabajando para que las personas con discapacidad de nuestro país tengan igualdad de oportu­nidades respecto al resto. Eso lo marca la convención, por eso el Gobierno nombró al CERMI observador inter­nacional para la adaptación de la convención en España como reconocimiento a la labor que ellos vienen realizando alo largo del tiempo.

A modo de ejemplo, la convención incluye una serie de principios como puede ser el mainstreaming de la discapacidad, la igualdad de género, la protección de los menores con discapacidad. Es cierto que tenemos una legislación moderna, fruto del impulso que se ha dado en los últimos años a todas las legislaciones que tienen que ver con personas con dis­capacidad, pero que vamos a tener que transformar en algunos aspectos.

Para analizar qué aspectos eran los que tendríamos que cambiar se creó un grupo de trabajo interministerial, el 10 de julio de 2009, mediante Con­sejo de Ministros, cuya labor fundamental era estudiar desde la órbita de cada uno de los ministerios cuáles eran los aspectos fundamentales que tenían que regular para adaptar su legislación a la convención. El informe de ese grupo de trabajo fue aprobado y presentado al Consejo de Ministros del día 30 de marzo, analizando la situación y haciendo propuestas concretas de cambios legislativos que tendríamos que desarrollar.

En ese sentido ejemplos como el Código Civil, el Código de Comercio, la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley de Registro Civil, la Ley de Notaría, la Ley Hipotecaria, la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, el Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, además de otras muchas, tendrán que ser adaptadas a la convención para poder cumplir plenamente el requisito que nosotros mismos nos marcamos al firmar y al ratificar la conven­ción.

Permítanme que les haga, de manera sectorial, breves apuntes sobre lo que vamos a tener que cambiar en algunas de las materias fundamentales que marca la propia convención. En materia de empleo, vamos a incrementar por ley del 5 al 7 por ciento el cupo de reserva de puestos en las ofertas de empleo público en la Administración General del Estado para personas con discapacidad. Esta medida se ha apli­cado ya este año por voluntad del Gobierno, pero que­remos y creemos que tiene que estar marcada mediante ley, garantizando y promoviendo la cuota de reserva del 2 por ciento de los puestos de trabajo para personas con discapacidad en empresas de más de 50 trabajadores, mediante la contratación directa, por ejemplo exigiendo que este sea un requisito que se cumpla, entre otras cosas, en la contratación pública como ya se viene haciendo en algunas administraciones.

Esto se une a alguna de las políticas que ya veníamos realizando, pero me voy a referir básicamente a las políticas de ámbito normativo y, por no alargarme mucho, a las políticas fundamentales.

En cuanto a la capacidad legal de las personas con discapacidad para obrar, se está trabajando en un grupo bilateral con el Ministerio de Justicia. La concepción que la propia con­vención tiene de las personas con discapacidad y de sus derechos hace que tengamos que revisar, analizar y eva­luar sí la legislación que tenemos en España en todo lo que tiene que ver con códigos civiles, tema de tutelaje, etcétera, se adapta realmente al nuevo concepto de las personas con discapacidad.

Los cambios en todo lo que tiene que ver con la igualdad de reconocimiento de las personas con discapacidad ante la ley, la igualdad en el acceso a la justicia han sido mucho más avanzados en todos los países, y en España tenemos una legislación bastante adaptada a ello, pero con respecto a la igualdad de trato en cuestiones relacio­nadas con matrimonio, familia, paternidad, tutela, cura­tela, incapacitación, defensor judicial, guarda de hecho, y acceso a la justicia son reflexiones muy de fondo que afectan a leyes orgánicas fundamentales y que hay que contemplar en un marco global, con un debate sosegado.

Vamos a hacer accesibles, como decía al principio, todo lo que tiene que ver con los procesos electorales para las personas con discapacidad. Es cierto que se han producido avances en las últimas elecciones en cuanto a la accesibilidad, por ejemplo, para las per­sonas con discapacidad visual, pero hay otra serie de personas con discapacidad que siguen encontrando difi­cultades para ejercer su derecho al voto, y para ejercer su derecho a componer una mesa electoral, a ser presi­dente o a ser vocal de mesa electoral.

En ese sentido el objetivo es llegar a las elecciones del año 2011 y en parte también a las elecciones catalanas. En cual­quier caso, la reforma de los procesos electorales se va a hacer por dos vías: la primera, un real decreto que regula toda la accesibilidad de las personas que quieren votar para que puedan hacerlo, independientemente de cuál sea su grado de discapacidad. Esa es una reflexión relativamente mediata. La segunda, todo lo que tenga que ver con la adaptación de los sistemas de mesa elec­toral para que una persona pueda ser presidente de mesa.

En materia de educación vamos a reformar las leyes educativas. Es cierto que en los últimos años se ha puesto en marcha un importante número de programas para garantizar la educación inclusiva; es cierto, además, que en el propio Pacto por la educación un elemento funda­mental es todo lo que tiene que ver con la garantía de que las personas con discapacidad puedan ser educadas y su derecho a ello, pero también es verdad que en las propias leyes orgánicas que afectan a la educación hay algunos aspectos que deben ser retocados para incluir esta garantía.

En materia de sanidad las reformas que se acometerán, buscarán mantener la mayor autonomía posible para las personas con discapacidad y que el sistema se ajuste a sus capacidades.

Por ejemplo, queremos reformar varias normas para que se contemple expresamente el derecho de las personas con discapacidad a la información de los servicios sanitarios; ello implica que la información deberá efectuarse en formatos adecuados para que resulten accesibles y comprensibles para las personas con discapacidad.

En cuanto a la propuesta de adaptación de la conven­ción en materia de definición legal de persona con dis­capacidad, obviamente va a tener implicación en muchos de sus ámbitos, no solo porque tenemos que ir a esa persona con derecho, y no contemplada solo desde un punto de vista asistencial, sino que cambiaremos la nomenclatura que aparece de personas con minusvalía o incluso algunas denominaciones anteriores en todo el sistema normativo español; por ejemplo, queremos que el término minusvalía y algún otro anterior desaparezcan de la legislación española para retomar el término de persona con discapacidad, tal y como nos hemos com­prometido, y eso va a afectar a un número importante de leyes; no es una reforma sustancial en cuanto al cambio del texto normativo, pero sí en cuanto a los derechos que eso conlleva, y al cambio de criterio y de definición de persona con discapacidad en esta materia.

Vamos a reformar la legislación relativa a la protec­ción civil, para que si se dieran las circunstancias de emergencia haya planes específicos y adaptados para atender a personas con discapacidad. Por ejemplo, en casos de emergencia nuclear o en estados de alarma, excepción o sitio debe haber protocolos adecuados para evacuar a las personas con discapacidad.

En todo lo que tiene que ver con la protección civil, en todo lo que tiene ver con las situaciones de emergencia ha de haber pro­tocolos específicos, porque la forma de evacuar y de dar servicio a las personas con discapacidad en estas situa­ciones tiene que venir contemplada de manera exclusiva y exhaustiva.

Y por último, queremos garantizar la accesibilidad a edificios y otras instalaciones abiertas al público. Para ello vamos a asegurar la asistencia a personas con dis­capacidad y la accesibilidad a través de medios técnicos, como la señalización de los espacios y equipamientos de edificios. Permítanme además que señale en este orden de cosas que ha sido recientemente aprobado el nuevo Código técnico de edificación, y uno de los ele­mentos fundamentales, además de todo lo que tiene que ver con las nuevas tecnologías, todo lo que tiene que ver con el ahorro energético y la eficiencia energética, es la plena accesibilidad de las nuevas edificaciones para las personas con discapacidad.

Este ha sido además un ele­mento trabajado de manera profunda con el CERMI. El propio CERMI ha felicitado al Gobierno porque no es común encontrar en los países de nuestro entorno normas como estas, que garanticen la accesibilidad global de los nuevos edificios.

También tenemos que reformar en esta misma línea la Ley de Propiedad Horizontal para garantizar que las personas con discapacidad en nuestro país puedan poner un ascensor o poner una rampa en los edificios cuando lo necesitan. Es cierto que tenemos que cuidar a la vez que esto no suponga un menoscabo económicamente insostenible para el resto de vecinos, pero también es verdad que no podemos mantener la situación actual, en la cual personas con discapacidad que necesitan el ascensor no pueden obtenerlo por bloqueo de los propios vecinos.

¿Qué pasos vamos a seguir a partir de ahora? Básicamente —como ustedes ven— esto afecta a normas de distinto rango; afecta a órdenes ministeriales, a reales decretos, a leyes ordina­rias y a leyes orgánicas. Eso va a hacer que tengamos que hacer un tratamiento diferenciado para cada una de ellas. Habrá una primera gran reforma, donde va a ir el cuerpo sustancial de las reformas legislativas en una ley, que recoja los distintos tratamientos legislativos de los que acabamos de hablar; una segunda, que son reformas de reglamentos, que recojan los cam­bios que afecten a ese nivel; y una tercera, que son las que afectan a leyes orgánicas.

Como ustedes saben, muchas de las leyes orgánicas solo pueden ser refor­madas mediante una reforma específica de la propia; no puede haber una ley ómnibus de leyes orgánicas, sino que tiene que ser mediante reformas especí­ficas. Actualmente hay leyes que ya se están tramitando.

Nuestro objetivo es cumplir todo el cambio normativo de ese informe iterministerial, y hacerlo lo antes posible.


Mucha gracias, Sras y Sres.



Madrid 29 de Abril de 2010

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